A lo largo de la Historia, la agricultura y la ganadería han sido claves en el sistema económico de todos los pueblos, debido a ello y sobre todo al fenómeno de la transhumancia que alcanzó un potente poder económico como actividad fundamental en nuestra sociedad (y de ahí que recibiera apoyo de los monarcas desde la Edad Media como muestra la propia ley 3/1995, de 23 de Marzo, de Vías Pecuarias publicada en BOE núm. 71 de 24 de Marzo de 1995) es destacable la impronta social y cultural de las Vías Pecuarias.
Es por ello que toda la legislación actual al respecto y, teniendo en cuenta el declive a partir de la Edad Contemporánea de estos antiguos usos, las destaque como elemento de servicio no sólo a la cabaña ganadera (como por ejemplo se sigue utilizando cada año el Paseo de La Castellana de Madrid) sino como auténticos "corredores ecológicos" y de ordenación del entorno medioambiental, por lo que la red de Vías Pecuarias(única en Europa) y todos los elementos culturales adheridos a ellas son considerados un legado histórico de gran interés (según la propia ley).
"PLAN DE ORDENACIÓN Y RECUPERACIÓN DE LAS VÍAS PECUARIAS DE ANDALUCÍA" :
La red andaluza de vías pecuarias constituye un legado patrimonial e histórico de indudable valor, en el que se recogen una diversidad de ambientes y paisajes con una potencialidad hasta la fecha insuficientemente conocida y, en consecuencia, poco aprovechada. El trasiego ganadero de antiguo, entre las zonas de invernada y agostada, ha dejado paso en la actualidad a un tránsito de vehículos agrícolas y a un aprovechamiento ganadero marginal que no qgota ni da buen cumplimiento a la multifuncionalidad que este tipo de infraestructuras ofrece. El declive de la ganadería y desaparición de muchos modos de vida tradicionales a favor de otros modelos más desapegados del terreno, han propiciado el deterioro paulatino de las rutas ganaderas transhumantes que, poco a poco, han ido desapareciendo a favor de otros usos ajenos a los que genuinamente representan las vías pecuarias.
El interés creciente que están tomando las vías pecuarias, por sus múltiples posibilidades como corredores ecológicos o itinerarios de uso público para el esparcimiento en contacto con la naturaleza, obliga a cambiar los antiguos planteamientos para dar cabida a estas nuevas demandas, potenciando una utilización más completa y racional de un patrimonio insustituible que tenemos la obligación de mantener para legar a las generaciones venideras.
PLANTEAMIENTO
-Antecedentes
Las vías pecuarias conforman en el territorio nacional una red ingente de recorridos ganaderos cuya importancia es fácilmente comprensible si se tiene en cuenta que existen más de 124.000 km. Dentro de este conjunto Andalucía cuenta con más de 30.000 km.
La Consejería de Medio Ambiente, en virtud de la competencia exclusiva que atribuye el artº 13.7 del Estatuto de Autonomía a la Comunidad Autónoma de Andalucía, abordó el desarrollo reglamentario de la legislación básica en materia de vías pecuarias, aprobada por Decreto 155/98, de 21 de Julio. En el referido texto normativo se establecen los mecanismos necesarios para lograr la defensa y protección de un patrimonio idóneo para satisfacer los intereses generales. Se pretende cubrir la aludida disminución de la primitiva funcionalidad mediante la actualización funcional de las vías pecuarias, dotándolas de una dimensión de utilidad pública donde destaquen el valor de la continuidad, la funcionalidad ambiental y el carácter de dominio público.
Para su elaboración se parte del principio de que las vías pecuarias constituyen hoy un elemento básico en la planificación territorial en Andalucía, en la conformación del Sistema Regional de Protección de los Recursos Naturales y para la construcción del Sistema de Espacios Libres de los ámbitos urbanos y metropolitanos. Todo ello ligado al importante papel que desempeñan la vías pecuarias en la Diversidad Paisajística, en la Biodiversidad y en el incremento de las actividades de uso público, por ser un elemento favorecedor en el incremento del contacto social con la naturaleza.
En este contexto, en Reglamento de vías pecuarias de Andalucía, que parte de la necesidad de abordar una regulación jurídica, pretende regular unas exigencias de protección vinculadas al desarrollo socioeconómico sostenible y a la defensa y protección de un patrimoniopúblico idóneo para satisfacer los intereses generales.
En su Disposición Adicional Tercera, se establece la elaboración del "Plan de Recuperación y Ordenación de las Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía".
Para la elaboración del Plan se han tenido en cuenta:
Su elaboración ha permitido dimensionar la extensión de la red y conocer el estado actual de las vías pecuarias. A partir de dicho conocimiento se ha definido el programa de las actuaciones necesarias para hacer posible el desarrollo del uso original y de los usos compatibles y complementario así como los necesarios para el mantenimiento de la Red.
Se han establecido cuatro tipos de usos:
-Objetivos
Es objetivo prioritario del Plan definir la Red Andaluza de Vías Pecuarias, entendiendo ésta como el compendio de todas las vías pecuarias de factible recuperación y que a la vez registran potencial de acogida para alguno de los usos recogidos en el Reglamento Andaluz de Vías Pecuarias.
Con los usos fijados y marcadas las prioridades, el Plan define los distintos modelos de recuperación, restauración y mantenimiento de las vías, así como la estimación presupuestaria de cada uno de los modelos previstos en lo referente a dichas actuaciones.
-Ámbito
El ámbito general de los trabajos lo han compuesto las vías pecuarias clasificadas y las que tienen iniciado el proceso de clasificación.
Desarrollo y fases del Plan.
METODOLOGÍA
- Selección de la Red Básica de Análisis
Se entiende como Red Básica de Análisis aquella sobre la que se aborda el proceso de selección de las vías que integran la Red Andaluza de Vías Pecuarias, compondrá la base cartográfica a utilizar en todos los análisis de potencialidad funcional posteriores. Para ello se parte del Inventario de Vías Pecuarias en formato digital a escala 1:50.000, analizándose dos aspectos fundamentales de cara a la selección:
A partir de la red básica de análisis se ha procedido a ordenar las vías de acuerdo con su importancia relativa para cada uno de los usos recogidos en la normativa vigente. La importancia se define de acuerdo con el uso actual, cuando existen datos del mismo, o con su potencialidad para acoger los usos considerados.
Una vez aplicada la valoración potencial, se define en el rango de valoración resultante para las rutas seleccionadas una seria de intervalos en los que se agruparán las vías, lo que permitirá programar los trabajos de recopilación de información en campo de acuerdo a dicha clasificación.
-VALORACIÓN DE LOS USOS ACTUALES:
Uso actual ganadero
Aquellas vías pecuarias en las que se ha verificado, a través de diversas fuentes de información: Cuadernos de transhumancia, Inspecciones Veterinarias Comarcales, Agentes de Medio Ambiente, prospección directa en campo o de cualquier otra fuente de información.
Uso actual recreativo
Del mismo modo que para el uso ganadero, se han seleccionado todas las vías pecuarias que en la actualidad registran uso recreativo, por formar parte de senderos de distinto tipo, por estar registrado en los catálogos de la Federación de Montaña o en guías informativas de los espacios protegidos o bien por ser camino habitual de romerías y hermandades.
-VALORACIÓN POTENCIAL DE USOS:
Uso ganadero
La valoración del potencial para uso ganadero en una Comarca, se ha fundamentado en dos datos básicos: existencia de ganado y en la facilidad al tránsito que ofrezcan las vías pecuarias. De este modo se ha seleccionado una red de comunicaciones entre poblaciones ganaderas, similar a una red de carreteras.
La finalidad de los desplazamientos transhumantes en su traslado de los pastos de invierno a los de verano y viceversa. En el proceso automático de selección se desarrollan las siguientes etapas:
Uso turístico-Recreativo
La metodología para la valoración del uso turístico y recreativo parte de la funcionalidad de las vías pecuarias como caminos de enlace entre lugares de interés paisajístico, histórico o cultural y entre estos y los principales focos de demanda de este tipo de turismo.
Como base para la conexión de los lugares de interés se ha incluido en el sistema de información geográfica generada, toda la base de datos cartografiada y georeferenciada relativa al Patrimonio Inmueble, Patrimonio Arqueológico y Patrimonio Arquitectónico de la Consejería de Cultura.
Siguiendo estos criterios se ha generado una serie de itinerarios los cuales han sido sometidos a la valoración de la importancia. El resultado que evalúa la capacidad de un determinado recorrido para el uso turístico-recreativo se obtiene integrando la valoración de los puntos de origen y destino y la valoración de los recorridos.
El procedimiento de selección y valoración establecido se ha basado en:
Uso Ecológico
El interés de las vías pecuarias como corredores ecológicos se basa en la conexión que estas pueden proporcionar entre espacios naturales bien conservados, o incluso entre áreas discontinuas de distribución de especies amenazadas, salvando amplias zonas agrícolas u otras zonas antropizadas.
Los recorridos cuya finalidad sea el uso ecológico deben evitar una seria de restricciones:
El procedimiento seguido para la valoración ha sido el siguiente:
Para la valoración de las áreas de distribución de lince se ha tenido en cuenta la existencia de hallazgos de esta especie en dichas zonas, ya que representan una posibilidad real de utilización de las vías actualmente.
Como base para la conexión de espacios naturales se ha incluido toda la red de espacios naturales protegidos de Andalucía, así como los espacios de interés ecológico incluidos en el Catálogo del Plan Especial de Protección del Medio Físico de cada provincia.
Propuesta de Actuaciones
Actuaciones Administrativas Genéricas
Actuaciones en Rutas Ganaderas
Actuaciones en rutas Turístico-Recreativas
Actuaciones en Rutas Ecológicas
Datos Generales
Se ha partido de un total de 33.071 km. de vías pecuarias, de los cuales se han seleccionado 31.746 km. para formar parte de la red básica que se ha empleado en el análisis y selección de rutas.
Los datos básicos son los siguientes:
Kilómetros de partida: 33.071
Kilómetros excluidos por solapes con vías de comunicación y cruce con embalses: 588
Kilómetrosa excluidos por falta de continuidad: 737
Red Básica del análisis, kilómetros seleccionados: 31.746
Después de efectuar todos los procesos de selección para todas las tipologías de uso se han obtenido un total de 24.015 km de vías pecuarias, que serán los que conformarán la Red Andaluza de Vías Pecuarias. En el cálculo se han tenido en cuenta los distintos solapes de usos en aquellos casos en los que éstos son compatibles, así como los tramos incluidos en poblaciones, que han sido excluidos.
La distribución según niveles de prioridad para la totalidad de usos es la siguiente:
Nivel 1 - 9.442 km
Nivel 2 - 7.956 km
Nivel 3 - 6.617 km
En el término de San Silvestre de Guzmán a partir de la "Propuesta de Clasificación de las Vías Pecuarias" realizada por el Ingeniero Agrónomo correspondiente del ICONA (Ministerio de Agricultura) con feha del 5/7/1976, se describen las siguientes Vías Pecuarias:
-Cañada Real de Ayamonte a Sevilla de 11.328 metros de longitud y 75,22 metros de anchura legal.
-Colada de Espada o del Camino de San Silvestre de Guzmán a Villanueva de los Castillejos de 10 metros de anchura legal.
-Colada de Sanlúcar de Guadiana a San Silvestre de Guzmán de 10-12 metros de anchura legal y 2.240 metros de longitud.
-Vereda del Camino de La Zaballa de 20,89 metros de anchura legal y 4.067 metros de longitud.
-Cordel del Charco de La Miel de 20,89 metros de anchura legal.
-Abrevadero de Los Colerillos o Coladeras de 34.763 m 2.
-Abrevadero del Pilar de La Duquesa de 35.649 m 2.
En este sentido las Vías Pecuarias de nuestro municipio y todo lo que a ellas concierne se encuentra recogido en la siguiente normativa:
"ORDEN de 20 de Noviembre de 1981 por la que se aprueba la Clasificación de las Vías Pecuarias existentes en el término municipal de San Silvestre de Guzmán, provincia de Huelva" publicado en Boe núm. 295 de 10/12/1981.
BOP núm. 17 de 22/01/1982(en el mismo sentido).
"Ley 3/1995, de 23 de Marzo, de Vías Pecuarias" publicada an BOE núm.71 de 24 de Marzo de 1995.
Los trabajos incluidos en el Plan de Ordenación y Recuperación de las Vías Pecuarias de Andalucía están siendo realizados por la Consejería de Medio Ambiente de Junta de Andalucía por todo el territorio andaluz. Como ejemplo de esto se pueden citar las publicaciones aparecidas en el Boletín Oficial de la provincia de Huelva desde el 17 de Julio de 2007 hasta el 24 de Julio:
-Resolución sobre el expediente de deslinde total de la vía pecuaria "Vereda de Martín Juan", en el Término Municipal de Huelva (B.O.P. nº 138)
-Resolución de ampliación de plazo de la vía pecuaria "Colada de Cardeña", en el Término Municipal de Huelva( B.O.P. nº 137)
-Resolución sobre deslinde de la vía pecuaria "Cañada Real de Arrebol" incluidos los lugares asociados Descansadero Pasada del Arrebol y Abrevadero Pasada de la Muda, en el término Municipal de Escacena del Campo (B.O.P. nº 137)
-Anuncio de inicio del expediente administrativo de deslinde de la vía pecuaria "Vereda de las Cumbres", en el Término Municipal de Moguer(B.O.P. nº 134)
-Anuncio de deslinde de la vía pecuaria "Vereda de Peguerillas" en el Término Municipal de Huelva (B.O.P. nº131)
-Anuncio de deslinde de la vía pecuaria "Vereda de Parrales", en el Término Municipal de Huelva (B.O.P. nº 129)
-Anuncio de operaciones materiales de amojonamiento de la vía pecuaria "Colada de Cantarranas", en el Término Municipal de Huelva (B.O.P. nº 125)
-Anuncio sobre deslinde de la vía pecuaria "Vereda del Camino Viejo de La Puebla", en el Término Municipal de San Bartolomé de la Torre (B.O.P. nº 123).
-Anuncio sobre expediente de deslinde de la vía pecuaria "Cordel de Portugal o del Camino de Castillejos", en el Término Municipal de San Bartolomé de la Torre(B.O.P. nº 123)
-Anuncio sobre expediente de deslinde de la vía pecuaria denominada "Vereda de Portugal", en el Término Municipal de Cumbres Mayores (B.O.P. nº 121)
-Anuncio de amojonamiento de la vía pecuaria "Vereda de la Senda de La Marisma", en el Término Municipal de Moguer (B.O.P. nº 121)
-Anuncio de amojonamiento de la vía pecuaria "Vereda del Camino Viejo de Moguer a la Rábida", en el Término Municipal de Palos de la Frontera (B.O.P. nº 112)
-Anuncio de deslinde de la vía pecuaria "Vereda de las Cumbres de San Bartolomé a Cumbres Mayores", en el Término Municipal de Cumbres de Enmedio. (B.O.P. nº 112)
-Anuncio sobre deslinde de la vía pecuaria "Colada de la Rivera", en el Término Municipal de Cumbres Mayores (B.O.P. nº112)
-Resolución aprobando el deslinde de la vía pecuaria "Colada del Camino de Lucena", en el Término Municipal de Niebla (B.O.P. nº143)
Ejemplos como los anteriores se pueden encontrar en el Boletín Oficial de la Provincia desde hace varios años. Esto es sólo una muestra en un intervalo de ocho días.

